domingo, 18 de octubre de 2009

Declararon "bien de interés cultural" el Antiguo Teatro Lincoln


Salio publicada en Gaceta Oficial número 39.272 del 25 de septiembre del presente año la declaración como "bien de interés cultural" del antiguo Teatro Lincoln, sede actual de la Iglesia Evangélica Pentecostal de las Acacias, entre otras edificaciones del Distrito Capital.

Algunas de las Edificaciones declaradas “bien de interés cultural”

Academia Militar y Efofac
Alcaldía Metropolitana de Caracas, antiguo Palacio de
la Gobernación
Antigua Estación del Ferrocarril
Antigua Estación del Gran Ferrocarril Central de Venezuela
(Caracas - La Guaira y Caracas - Valencia)
Antigua fábrica de chocolate La India, actual tipografía
El Cubano
Antigua oficina principal de correos de Caracas o Correo
Carmelitas
Antiguo barrió Sucre y bulevar Ayacucho
Antiguo Cine La Reforma
Antiguo Colegio de Médicos del D.F., actual Colegio de Profesores Universitarios
Antiguo edificio de la Biblioteca Nacional
Antiguo edificio de la Corte Suprema de Justicia
Antiguo estanque El Calvario
Antiguo Teatro Ayacucho
Antiguo teatro Capitol I, edificio Wendy's
Antiguo Teatro Lincoln 1060
Árboles de la avenida principal de El Paraíso y avenida
El Ejército
Archivo General de la Nación

El motivo de dicha declaración:

CONSIDERANDO

Que es deber del Estado velar por la preservación,defensa y salvaguarda de las obras conjuntos y lugares creados por el hombre que constituyen elementos fundamentales de nuestras identidades étnicas y culturales,

Que cada uno de los bienes tangibles o intangibles reflejados en los Catálogos del Patrimonio Cultural venezolano e inscritos en el Registro General del Patrimonio Cultural que han sido seleccionados por las diferentes comunidades a lo largo y ancho del territorio nacional y validada por el Instituto del Patrimonio Cultural, constituyen manifestaciones culturales representativas de identidad y diversidad cultural de la República Bolivariana de Venezuela,

Que toda declaratoria de bienes tangibles como Bien de Interés Cultural constituye una restricción y obligación al derecho de propiedad establecida por la Ley, y en consecuencia son actos registrables por efecto de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural en concordancia con el encabezado del artículo 1920 del Código Civil,

Que toda intervención de los bienes culturales Inscritos en el Registro General del Patrimonio Cultural que pudiera afectar los valores que motivaron su inclusión en el mismo, deberá ser previamente autorizada por el Instituto del Patrimonio Cultural,

Que de conformidad con la Ley, los jueces o Juezas, registradores o registradoras, notarios y notarías y demás autoridades, notificarán al Instituto del Patrimonio Cultural la presentación de cualquier documento de enajenación o de constitución de gravámenes, limitaciones o servidumbres sobre bienes de propiedad particular declarados monumentos nacionales o bienes de interés cultural y en consecuencia se abstendrán de dar curso a los mismos si no constare el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley,

Que conforme al Instructivo n* 012/05 de 30 de junio de 2009 que Regula el Registro general del Patrimonio Cultural Venezolano y el manejo de los Bienes que lo integran, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n- 38.237 de 27 de julio de 2005, se publicará mediante acto separado el listado de las manifestaciones culturales inscritas en el Registro General del Patrimonio Cultural, y semestralmente los bienes que hayan sido inscritos en ese periodo en el mencionado Registro General, en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, haciendo mención de su identificación y ubicación, sin menoscabo a su anexión a los catálogos que actualmente publica el Instituto del Patrimonio Cultural,


RESUELVE


Articulo 1. Publicar las manifestaciones culturales tangibles declaradas BIEN DE INTERÉS CULTURAL registradas en el censo de Patrimonio Cultural y contenidas tanto en el Catálogo del Patrimonio Cultural Venezolano del municipio Libertador del Distrito Capital, correspondiente a los tomos 2/5 y 3/5 bajo la categoría de "Lo Construido" elaborado por el Instituto del Patrimonio Cultural como en su portal electrónico www.ipc.gob.ve , y que a continuación se identifican:"

Puede ver la Gaceta aquí

2 comentarios:

  1. Quisiera, saber en que posicion está el antiguo teatro teatro lincon??? por q la posicion 48 no es el correcto en la gaceta

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  2. Fe de errata:

    Efectivamente hubo un eror en la publicación, gracias por su observación. El núemro es el de la Gaceta 1069

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